EL VISADO EB-5
Las Autoridades americanas han creado el programa EB-5 para estimular la economía americana con la creación de empleos y la inversión de capitales por inversores nacionales y extranjeros.
El visado EB-5 permite obtener una “green card” para los extranjeros que invierten dinero en los Estados Unidos (pudiendo acceder más adelante a la obtención de un pasaporte americano). Para obtener el visado, las personas deben invertir un mínimo de 900 000 USD y crear como mínimo 10 empleos.
El inversor, así como su esposo/esposa y los hijos no casados de menos de 21 años, serán admitidos en la “green card”.
Es importante tener en cuenta que para obtener este visado, los inversores extranjeros tienen que efectuar una inversión “de riesgo” en un “EB-5 Regional Center” (que es una sociedad listada por las Autoridades para gestionar los proyectos de inversión EB-5).
Todos los inversores EB-5 tienen que conducir a la creación de 10 empleos americanos de jornada completa, durante dos años mínimo. La inversión requerida en este caso del programa EB-5 es de 900 000 USD o de 1.8 millones de USD, según la localización del proyecto EB-5:
– Si el proyecto EB-5 está situado en un TEA (Targeted Employment Area), la inversión será de 500 000 USD .
– Si el proyecto EB-5 no se sitúa en un TEA, la inversión mínima será de 1 millón de USD.
EL VISADO E2
El visado inversor E-2 permite a una persona entrar y trabajar en los Estados Unidos en función de la inversión que haya realizado en los USA. Este visado tiene que ser renovado cada 2 años (no hay límite en la cantidad de renovaciones posibles). La inversión tiene que ser “sustancial” (no hay mínimo legal).
El visado E-2 solamente es posible para las personas con un pasaporte emitido por alguno de los siguientes países:
Albania | Alemania | Argentina |
Armenia | Australia | Azerbaiyán |
Bahréin | Bangladesh | Bélgica |
Bolivia | Bosnia Herzegovina | Bulgaria |
Camerún | Canadá | Chile |
China (Taiwan) | Colombia | Congo |
Corea del Sur | Costa Rica | Croacia |
Dinamarca (menos Groenlandia) | Egipto | Ecuador |
España | Estonia | Etiopía |
Finlandia | Francia | Georgia |
Granada | Honduras | Irán |
Irlanda | Italia | Jamaica |
Japón | Jordania | Kazajstán |
Kirgizistán | Kosovo | Austria |
Letonia | Liberia | Lituania |
Luxemburgo | Macedonia | Marruecos |
Méjico | Moldavia | Mongolia |
Montenegro | Noruega | Omán |
Pakistán | Panamá | Paraguay |
Países Bajos | Filipinas | Polonia |
República eslovaca | República checa | Rumanía |
Reino Unido | Senegal | Serbia |
Singapur | Slovenia | Sri Lanka |
Suecia | Suiza | Surinam |
Tailandia | Trinidad y Tobago | Túnez |
Turquía | Ucrania | Yugoslavia |
El visado E-2 es un visado temporal, y las “green card” son permanentes. Los miembros de la familia del titular del visado E-2 están autorizados a entrar en los Estados Unidos con el titular del visado. Se incluye en está categoría a esposo/esposa del titular del visado, y los hijos menores solteros de menos de 21 años.