PARA EL TURISMO CON EXENCION DE VISADO (ESTA)
No es necesario solicitar un visado (Visa Waiver Program) para viajar de forma temporal y por una duración inferior a 90 días, si tiene un pasaporte emitido por uno de los países de la siguiente lista:
Alemania | Andorra | Australia |
Austria | Bélgica | Brunei |
Chili | Dinamarca | España |
Estonia | Finlandia | Francia |
Grecia | Hungría | Irlanda |
Islandia | Italia | Japón |
Eslovenia | Portugal | Letonia |
liechtenstein | Lituania | Luxemburgo |
Malta | Mónaco | Noruega |
Nueva-Zelanda | Países-Bajos | República de Corea |
República Checa | Reino Unido | San Marino |
Singapur | Eslovaquia | Sucia |
Suiza | Taïwan |
En este caso, solamente necesita solicitar una autorización de viaje a los USA (Electronic System for Travel Authorization – ESTA). Se solicita online en la web oficial del Department of Homeland Security. El ESTA es válido 2 años a partir de su fecha de solicitud.
Importante:
– No puede utilizar el ESTA para trabajar o residir en los USA.
–Si usted ha viajado a Irak, Siria, Irán, Soudán, Libia, Somalia o Yemen desde el 1 de marzo 2011, usted no es elegible de exención de visado (ESTA) para viajar a los USA. Es necesario en ese caso solicitar un visado B1/B2 (ver procedimiento). Es necesario seguir estrictamente este procedimiento, aunque tenga un segundo pasaportea!
PARA EL TURISMO CON UNA SOLICITUD PREVIA DE VISADO (B1/B2)
Si tiene un pasaporte que no está en la lista arriba indicada, o no responde a los criterios de exención de visado, tiene que solicitar un visado B1/B2 (los 2 se solicitan habitualmente al mismo tiempo).
El visado B1 es un visado para negocios (consultar a los socios, asistir a un congreso o una conferencia, necgociar un contrato, etc.) El visado B2 es un visado para turismo (vacaciones, tratamiento médico, etc.).
Importante:
– Referente al visado B1 para negocios : no se trata de un visado que permite trabajar en los USA.
– Estos 2 visados permiten quedarse hasta 6 meses en los USA y son válidos 10 años. Importante a que la Administración fiscal US no le considere como residente fiscal americano. Será considerado como un residente de los Estados Unidos si cumple el criterio de presencia sustancial por el año civil (Substantial Presence Test). Para ello, usted tiede que estar físicamente presente en los USA: 31 días durante el año en curso y 183 días en el transcurso del período de 3 años que incluyen el año en curso y los dos años precedentes inmediatamente, contando:
– Todos los días donde usted ha estado presente durante el año en curso, y
– 1/3 de los días donde usted estaba presente el primer año antes del año en curso, y
– 1/6 de los días donde usted estaba presente el segundo año antes del año en curso.
Los visado B1/B2 son válidos 10 años y cuestan USD 160.
Para obtener los visados B1/B2, tiene:
– Primero depositar un dossier en esta página: https://ceac.state.gov/genniv/
– Una vez que el dossier está depositado, hay que pedir una cita a través de una Embajada americana a través de esta página: https://ais.usvisa-info.com/en-US/countries_list/niv